Que no se te pase
Dos impuestos fundamentales en la adquisición de propiedad inmobiliaria deben ser satisfechos a las autoridades fiscales, el Impuesto Sobre la Adquisición de un Inmueble (ISAI) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR), indican los especialistas de www.doorvel.com. De acuerdo con una encuesta, el 30% de los compradores primerizos no están conscientes de los impuestos que deberán cubrir durante la transacción.
Esta falta de conocimiento radica, en gran medida, en un asesoramiento insuficiente y en la errónea creencia de que el precio del inmueble no conlleva gastos extra. Al margen del valor de la propiedad, existen obligaciones fiscales que pagar, así como costos notariales y gastos bancarios.
El comprador es responsable del pago del ISAI, mientras que el ISR debe ser cubierto por el vendedor de la propiedad. La forma de enterarse dependerá del Notario para el primero y del valor de la vivienda para el segundo, liquidándose a través de las autoridades fiscales.
Es vital recordar que el importe del ISAI varía anualmente y dependiendo de la entidad federativa del país. Se sugiere verificar este monto en la Secretaría de Finanzas del estado correspondiente. Por ejemplo, en la Ciudad de México el ISAI oscila entre el 2% y el 4.5%, mientras que en Mérida, Yucatán, es de 1.8%.
El ISR, aplicable a la venta y alquiler de propiedades a nivel nacional, puede llegar a representar hasta un 35% del valor total del inmueble. Actualmente, existen circunstancias en las cuales es posible eximir el pago del ISR en ventas de propiedades; la principal requisito es que el valor de la propiedad sea inferior a 700 mil UDIS o $5,446,528 pesos mexicanos (cifra basada en el valor de julio de 2023).
Para solicitar exenciones y deducciones impositivas en las ventas de casas, es imprescindible contar con una documentación adecuada, la cual incluye la escritura del inmueble, las facturas de construcción, remodelación o ampliación del mismo, el aviso de terminación de obra, o, en su defecto, un avalúo.
Además, deben tenerse en cuenta que solo se puede aplicar el 80% del valor del inmueble, es necesario disponer de comprobantes de los gastos notariales, así como el pago de impuesto y derecho comprobable, las facturas por comisiones y mediaciones que se hayan satisfecho.
Asimismo, hay otros gastos asociados a un proceso de compraventa que son igualmente vitales, como los derechos de inscripción ante el Registro Público Nacional, los honorarios notariales y los Impuestos prediales.
Los impuestos resultantes de la venta de inmuebles se calculan a través de un porcentaje sobre la ganancia que se obtiene de la venta de la propiedad. Para determinar a que cantidad equivale la ganancia, es necesario descontar las deducciones de los ingresos logrados con la transacción.
En situaciones donde no se pueda eximir el ISR, es posible deducir algunos conceptos que el notario tendrá en cuenta para calcular el impuesto correspondiente. Para hacerlo, se deben presentar las facturas y comprobantes fiscales correspondientes.
Por lo tanto, los especialistas de Doorvel insisten en considerar estos gastos al planificar la inversión, y subrayan la importancia de acercarse a un asesor experto que oriente en el proceso de toma de decisiones.
Finalmente, se debe mencionar que la startup www.doorvel.com, establecida en San Pedro Garza García, Nuevo León, posee algoritmos que facilitan la determinación del valor real de las propiedades, ya sea en dólares o en pesos.
Fuente: https://www.elfinanciero.com.mx/monterrey/2023/09/15/impuestos-inmobiliarios-ineludibles/